N° Dictamen: 1264/39
Fecha Dictamen: 9/28/2023
Fuentes legales: 1) Estatuto Docente, artículos 70, inciso 11°; 72 letra a); 73 y 74 inciso 1°.
2) Decreto N°35 de 2017, del Ministerio de Educación: artículo 38.
3) Código Civil: artículo 22.
Materia: El empleador se encuentra obligado a pagar la indemnización establecida por el artículo 73 del Estatuto Docente a aquellos docentes que presentaron su renuncia para eximirse de la evaluación docente al amparo de lo dispuesto por el inciso 11° del artículo 70 del mismo cuerpo legal -antes de las modificaciones introducidas a su texto por la Ley N°21.399-, en la medida que hubiesen optado por dicha indemnización en vez de acogerse a la Bonificación por retiro Voluntario de la Ley N°20.976.
Dictámenes relacionados: Dictámenes Nos4.011/81 de 12.10.211 y 4.735/75 de 16.09.2016.
Vínculo: Ver fuente
Respaldo documento: Ver archivo(acceso restringido, sólo uso interno)