Dictamen ORD. N°4951 de 10/17/2019 de la Dirección del Trabajo

N° Dictamen: ORD. N°4951

Fecha Dictamen: 10/17/2019

Fuentes legales: Artículo 33 Párrafo 2º Horas Extraordinarias

Materia: Registro especial de asistencia y determinación horas de trabajo; Los empleadores que deseen emplear sistemas electrónicos de registro y control de asistencia darán cumplimiento al imperativo legal contemplado en el inciso 1° del artículo 33 del Código del Trabajo, en la medida que utilicen alguna de las plataformas debidamente autorizadas por esta Dirección.

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