N° Dictamen: ORD. Nº425
Fecha Dictamen: 1/20/2020
Fuentes legales: artículo 41 del Estatuto Docente
Materia: La docente madre de un menor de dos años que se desempeña en un colegio particular subvencionado tiene derecho al bono compensatorio de sala cuna que le sea procedente durante las vacaciones de invierno y de fiestas patrias, por cuanto, a su respecto, dichos periodos no constituyen feriados.
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