Dictamen 2734 de 2/3/2020 de Contraloría General de la República.
Fuentes legales: DFL 2/98 educa art/6 lt/f ley 19609 art/7 CCI art/2497 CCI art/2515
Materia: Plazo de cinco años para exigir el pago de los montos de la subvención escolar, que fueron retenidos a los sostenedores por el incumplimiento de deudas previsionales, se cuenta desde que las obligaciones referidas a esas sumas fueron reconocidas contablemente. Desestima solicitud de reconsideración del dictamen N° 77.369, de 2016.
Dictámenes relacionados: 77369/2016
Palabras claves: EDUCA, retención subvención educacional, incumplimiento deudas previsionales, cobro, devolución, prescripción, obligaciones pendientes, principio del devengado
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