N° Dictamen: 1537
Fecha Dictamen: 4/30/2020
Fuentes legales:
Materia: Ley Nº20.903; Sistema de desarrollo profesional; Docentes excluídos del Sistema; Remuneraciones; Asignación de experiencia. RORD.: Los docentes que hayan ejercido el derecho de opción establecido en el artículo quinto transitorio de la ley N°20.903, mantendrán la última remuneración mensual devengada correspondiente al mes inmediatamente anterior a aquel en que los profesionales de la educación del establecimiento educacional en que se desempeñan pasen a regirse por el sistema de desarrollo profesional docente.
Dictámenes relacionados: ORD. N°5555/124 – 16-nov-2017
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